
En nuestro país existen infinidad de leyes, reglamentos, normas etc., algunas de las cuales son de observancia general y otras aplicables dependiendo de la circunscripción territorial, actividad de las empresas o establecimientos mercantiles, etc., por tanto, en múltiples ocasiones los empresarios ni siquiera saben de la existencia de las normas en cuestión.
Sin embargo, dicho desconocimiento no los libera de cumplir cabalmente con la reglamentación en la materia, por lo que se hacen acreedores a multas y hasta a clausuras de sus establecimientos mercantiles.
En estos casos, es importante actuar inmediatamente, pues el empresario no solo deja de percibir ingresos, sino que además sufre un daño irreparableen la imagen de su empresa, por tanto, es necesario por una parte interponer los medios de defensa respectivos para que de inmediato se otorgue las suspensión de la clausura impuesta permitiendo con ello seguir operando los comercios, mientras que por la otra se deben preparar los juicios para la defensa definitiva de los actos de las autoridades.


