DERECHO ADMINISTRATIVO

ATENCION INMEDIATA A CLAUSURAS

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En RIVALEGAL entendemos la necesidad de las empresas y establecimientos de estar en constante operación, y con base en nuestra experiencia profesional sabemos que derivado de una visita de inspección por parte de la autoridad federal, local o delegacional, esta puede concluir con la determinación de la clausura de su negocio, cuestión que de no ser atendida pronta y profesionalmente puede representar grandes perdidas no solo en lo económico, sino que además repercute negativamente en su imagen ante los consumidores, cuestiones que pueden llevar en casos extremos a la quiebra de la empresa.

Por tanto, es necesario que en casos de clausuras de establecimientos comerciales se actué de forma inmediata, interponiendo los medios de  defensa adecuados, consiguiendo de forma inmediata la suspensión del acto de autoridad, cuestión que se consigue fundando y motivando adecuadamente nuestra pretensión, pues de lo contrario podrían negar dicha suspensión quedando clausurados los establecimientos por todo el tiempo que dure la tramitación de los recursos o juicios interpuestos.

En nuestra firma contamos con un equipo de abogados altamente especializados en la materia que lo representara profesionalmente en estas circunstancias.

Last Updated ( Saturday, 23 October 2010 01:50 )
 

MULTAS Y CLAUSURAS

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En nuestro país existen infinidad de leyes, reglamentos, normas etc., algunas de las cuales son de observancia general y otras aplicables dependiendo de la circunscripción territorial, actividad de las empresas o establecimientos mercantiles, etc., por tanto, en múltiples ocasiones los empresarios ni siquiera saben de la existencia de las normas en cuestión.

Sin embargo, dicho desconocimiento no los libera de cumplir cabalmente con la reglamentación en la materia, por lo que se hacen acreedores a multas y hasta a clausuras de sus establecimientos mercantiles.

En estos casos, es importante actuar inmediatamente, pues el empresario no solo deja de percibir ingresos, sino que además sufre un daño irreparableen la imagen de su empresa, por tanto, es necesario por una parte interponer los medios de defensa respectivos para que de inmediato se otorgue las suspensión de la clausura impuesta permitiendo con ello seguir operando los comercios, mientras que por la otra se deben preparar los juicios para la defensa definitiva de los actos de las autoridades.

Last Updated ( Saturday, 23 October 2010 00:16 )